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Imserso/Informe de Fiscalización del Tribunal de Cuentas/Ejercicio 2014 |
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) prorrogó
en 2013 un contrato millonario de viajes para mayores a una unión temporal de
empresas (UTE) de la que formaba parte Orizonia, a pesar de que la
empresa turística había sido declarada en concurso de acreedores. La
contratación con el grupo en el que participaba Orizonia, que protagonizó en
2013 el mayor concurso de una compañía turística española, bordea la Ley de
Contratos del Sector Público.
La prórroga del contrato con dicha UTE, a pesar del concurso de Orizonia,
en la que también participaban Globalia y Barceló, refuerza la tesis de que
estas compañías podrían haber acudido a la contratación del Imserso sin
asociarse, por lo que incurrirían en prácticas contra la competencia.
El Imserso adjudicó en noviembre de 2011 contratos valorados en 350 millones de
euros a la UTE en la que participaba Orizonia, a través de Viajes Iberia, junto
con Viajes Halcón (Grupo Globalia) y Viajes Barceló (Barceló).
Entonces el Imserso estaba dirigido por Purificación Causapié Lopesino,
que el pasado año sustituyó a Antonio Miguel Carmona como portavoz del Grupo
Socialista en el Ayuntamiento de Madrid. El plazo de ejecución de estos
contratos comprendía las temporadas desde septiembre de 2011 hasta agosto de
2013, ambos inclusive, con posibilidad de ser prorrogados por la misma
duración, es decir, para las temporadas 2013/2014 y 2014/2015.
El 4 de abril de 2013 Orizonia fue declarada en concurso de acreedores,antes
del inicio de la primera prórroga de los contratos con el Imserso. En enero
de 2014 se inició la fase de liquidación del grupo turístico.
El Tribunal de Cuentas ha fiscalizado el ejercicio 2014
del Imserso y llama la atención en su informe sobre la prórroga de este
contrato con la UTE en la que participaba Orizonia.
El artículo 207.2 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) preceptúa que la declaración "de insolvencia en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación dará lugar a la resolución del contrato".
El artículo 207.2 de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) preceptúa que la declaración "de insolvencia en cualquier procedimiento y, en caso de concurso, la apertura de la fase de liquidación dará lugar a la resolución del contrato".
La LCSP, en el apartado 5 del mismo artículo 207 precisa que, en caso de
declaración de concurso, mientras no se haya producido la apertura de la
liquidación, "la Administración potestativamente continuará el contrato si
el contratista prestare las garantías suficientes a juicio de aquélla para su
ejecución".
Sobre esta cuestión el Tribunal de Cuentas recuerda que además la Junta
Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad de Madrid concluyó en
un informe que la declaración de concurso de una empresa "no es causa
automática de resolución del contrato", y que, si resultara conveniente
para el interés público, la Administración podría continuar con el contrato. No
obstante, el Tribunal advierte que la misma junta de la Comunidad de Madrid
señalaba en su informe que "no parece lo más conveniente" prorrogar
esos contratos, aunque podría hacerse "siempre que la empresa preste las
garantías suficientes a juicio de la Administración".
En el caso de la prórroga a la UTE en la que participaba Orizonia, el
Tribunal de Cuentas advierte que el requisito de demostrar mantener las
garantías suficientes para cumplir el contrato, "no se ha
observado en la formalización de las prórrogas de estos contratos".
César Antón, que sustituyó a Purificación Causapié a principios de 2012 al frente del
Imserso, ha alegado que el organismo, dependiente delMinisterio de Sanidad,
"consideró que las otras dos empresas integrantes de la UTE aportaban la
suficiente solvencia económica y financiera y técnica o profesional para la
ejecución del contrato". …
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El Tribunal de Cuentas ve descontrol en los viajes del
Imserso
El Tribunal
de Cuentas achaca al Imserso cierta falta de control respecto de los
participantes en los viajes del Programa Estatal de Vacaciones para Mayores,
pues denuncia que no se efectúa un seguimiento sobre las bases de datos de
usuarios de este programa y se da por válida la información que la empresa
adjudicataria le remite a través de las facturas.
En el informe de
Fiscalización sobre la gestión y control de los servicios prestados por el
Imserso en 2014, al que ha tenido acceso Europa Press, el Tribunal de Cuentas
señala que hay diferencias en las bases de datos de participación la entidad
gestora y la empresa adjudicataria y que, aunque finalmente son compensados a
nivel global, demuestran la falta de control y de actualización de la
información que, a su juicio, existe por parte de la Administración.
El órgano fiscalizador recomienda al Ministerio de Sanidad,
Asuntos Sociales e Igualdad acometer el desarrollo normativo del programa de
viajes y "actualizar los procedimientos de reserva y ocupación de plazas
en centros residenciales" garantizando de esta forma "los requisitos
de acceso a estos programas de atención social, así como sus procedimientos de
gestión, seguimiento y control".
Según el Tribunal de Cuentas, esta situación se debe a las comisiones especiales creadas por el Consejo General del Imserso para la observación de este programa "no se han reunido con la periodicidad, ni con la composición requeridas legalmente". A su juicio, esto ha llevado, también, a que haya habido problemas con la información remitida por los hoteles participantes en el programa y que no recoge la identificación de las personas contratadas, sino sólo el número total de trabajadores.
El
organismo recomienda en estos casos "la identificación personalizada de
las contrataciones efectuadas durante la temporada, para verificar la idoneidad
de las mismas y garantizar el cumplimiento de uno de los objetivos inspiradores
de este programa: la generación y mantenimiento del sector turístico durante la
temporada baja". También en relación con los viajes, el documento critica
que se tenga en cuenta la capacidad económica para acceder al programa y,
sin embargo, no se considere este aspecto a efectos de calcular la financiación
a aportar. …
El Tribunal de Cuentas reprocha al Imserso que obvió la renta
de los mayores para dar los viajes
El Imserso
obvió la capacidad económica de los mayores a los que concedió sus viajes sin
concretar además los requisitos de acceso y su forma de acreditación, y tampoco
comunicó al BOE ni a la Comisión Europea la adjudicación de los contratos de su
programa de balnearios para la tercera edad.
Así lo desvela el Tribunal de
Cuentas en su informe de fiscalización sobre la gestión y control de los
servicios sociales prestados con medios ajenos por el Imserso en el ejercicio
de 2014, en el que detalla el incumplimiento de este organismo del seguimiento
y control de los mismos. La mayor parte de las incidencias cometidas esa
temporada por el Instituto, entonces dependiente del Ministerio de Sanidad
dirigido por Ana Mato, se concentran en su programa de viajes, aunque también
hay otras en el de termalismo y en el de atención a personas mayores y con
discapacidad.
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De esta
forma, denuncia que pese a que la capacidad económica es un baremo para elegir
a los beneficiarios, todos los mayores que disfrutaron de un viaje del Imserso
o de una estancia en un balneario pagaron lo mismo con independencia de su
poder adquisitivo. Por ello, le invita a analizar la posibilidad de implantar
medidas que faciliten la participación de aquellos que por su renta deben
renunciar a ambos programas. Trabajadores no identificados por los hoteles En
el caso concreto del de viajes, el Tribunal advierte de que las Comisiones
especiales del Consejo General del Imserso, encargadas de su seguimiento y
control, "no se reunieron con la periodicidad ni con la composición
requerida legalmente".
No solo eso, sino que los hoteles participantes se
limitaron a dar el número de trabajadores contratados pero sin identificarlos,
por lo que fue imposible "comprobar la veracidad" de esa información
cruzando a cada empleado con los datos de la Seguridad Social. También ha
constatado diferencias en la información sobre el número de participantes y la
escasa actualización de las bases, lo que le lleva a concluir que la entidad
gestora no efectuó un "control y seguimiento exhaustivo" de los datos
que ofrecía la empresa adjudicataria.
El régimen especial de penalizaciones no
tiene el "detalle suficiente" que permita aplicarlas de forma
"inequívoca". Además, explica que entre las cláusulas del programa se
incluye un régimen especial de penalizaciones en caso de que la empresa
adjudicataria incumpla sus obligaciones, pero sin el "detalle suficiente"
que permita aplicarlas de forma "inequívoca". Mientras, en su
Programa Estatal de Termalismo aun "subsisten determinados
incumplimientos", como el de no comunicar al BOE la formalización de los
contratos por importe igual o superior a 100.000 euros ni sus prórrogas. Algo
que, aunque "no contraviene la legalidad", considera aconsejable en
aras de los principios de publicidad y transparencia promulgados por la Ley de
Contratos del Sector Público. …